Los planes de fomento de la lectura y los programas de apoyo a la industria del libro deberán tener en cuenta las necesidades particulares de las personas con discapacidad, especialmente en la promoción, difusión y normalización de formatos y métodos accesibles, como los soportes en alfabeto braille, los sonoros, los digitales o los sistemas de lectura fácil, según establece la Ley de la lectura, el libro y las bibliotecas, que entró el domingo en vigor.
Este mandato de accesibilidad viene recogido en la disposición adicional tercera de esta Ley, dedicada al acceso a la lectura, al libro y a las bibliotecas de las personas con discapacidad, que ha sido incorporada al texto legal por los grupos parlamentarios recogiendo unas enmiendas planteadas por el Cermi.
Es la primera vez que en un texto legal se menciona un formato tan novedoso como la lectura fácil, concebido para favorecer el acceso de las personas con discapacidad intelectual a los soportes escritos.
La nueva Ley dispone también que las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, promuevan el acceso de las personas con discapacidad a la lectura, al libro, y a las bibliotecas, velando por un uso regular, normalizado y sin discriminaciones de este tipo de servicios, bienes y productos culturales.
De igual modo, ordena al Ministerio de Cultura y a las demás Administraciones Públicas que suscriba convenios de colaboración con las entidades de iniciativa social, sin ánimo de lucro, del sector de la discapacidad.
dimarts, 26 de juny del 2007
Los planes de fomento de la lectura deberán tener en cuenta los formatos accesibles
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10:58
Etiquetas: Fomento de la lectura
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