dilluns, 11 de juny del 2007

El Gobierno aprueba los servicios y prestaciones de la ley de dependencia

El Gobierno aprobó el viernes el real decreto que gestiona los servicios y prestaciones económicas incluidas en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en Situación de Dependencia. Con este real decreto, que fue acordado por el Consejo Territorial de la Dependencia y dictaminado por el Consejo de Estado, se completa el desarrollo reglamentario básico de la Ley de Dependencia (baremo, financiación, Seguridad Social de los cuidadores familiares y servicios y prestaciones).Según explicó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, con la aprobación de este decreto se pretende que "las prestaciones sean lo más personalizadas posible".Servicios y prestacionesEn 2007, primer año de aplicación de la ley, todas las personas evaluadas como grandes dependientes tienen garantizada la atención (se calcula que en España hay unas 200.000 personas en esta situación). Los servicios que recibirán estos ciudadanos y que se incluyen en el real decreto aprobado hoy son los siguientes: teleasistencia; ayuda a domicilio (entre 70 y 90 horas mensuales garantizadas para los casos más graves); plaza en un centro de día o de noche; y/o plaza de atención residencial.En caso de que no exista oferta pública del servicio que se requiera, las personas con gran dependencia podrán recibir una serie de prestaciones económicas para adquirirlo o para sufragar los cuidados en el entorno familiar.Concretamente, las cuantías acordadas para sufragar la prestación económica para que la persona pueda adquirir el servicio en el mercado privado ascienden a 585 euros y a 780, según se trate de un gran dependiente de nivel 1 o de nivel 2.Además, los familiares que cuidan a las personas mayores y a las personas con discapacidad que no puedan varlerse por si mismas recibirán una prestación de hasta 487 euros mensuales, además del coste de la cotización a la Seguridad Social y de las acciones de formación (74 euros), que corren a cargo del Estado.La Ley de Dependencia prevé la prestación del asistente personal, figura cuya misión es facilitar el acceso a la educación y al trabajo, y posibilitar una mayor autonomía en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria a las personas con gran dependencia. La cuantía para la contratación de un asistente personal para una persona catalogada como gran dependiente en el nivel 1 asciende a 585 euros, mientras que para la consierada como gran dependiente dentro del nivel 2 es de 780 euros.Acceso al sistema de dependenciaPara acceder al Sistema de Dependencia y a estos servicios y prestaciones, los ciudadanos deben solicitar una evaluación en los servicios sociales de su Comunidad Autónoma, a fin de determinar su grado y nivel de dependencia. La evaluación, que podrá llevarse a cabo en el domicilio del beneficiario, se realiza mediante el baremo en vigor.En caso de que la persona sea valorada como gran dependiente, recibirá una acreditación que tendrá validez en todo el Estado y los servicios sociales de su Comunidad Autónoma elaborarán un Programa Individual de Atención con los servicios o prestaciones que va a recibir.Los ciudadanos pueden informarse sobre sus derechos, los servicios y prestaciones de la ley en el Servicio Estatal de Información (teléfono gratuito 900 406 080), que ha recibido unas 200.000 llamadas desde su puesta en marcha.Fernández de la Vega recordó que este año las administraciones públicas destinarán un total de 821 millones de euros a la atención de las personas dependientes.