El Consejo de Ministros aprobó el viernes un real decreto para mejorar el acceso y uso de las personas con discapacidad de los espacios públicos urbanizados y las edificaciones, con el que se busca garantizar a estas personas un uso independiente y seguro de los mismos.Con esta norma se desarrolla la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad de diciembre de 2003, y se pretende hacer efectiva la igualdad de oportunidades y la no discriminación de las personas que presentan alguna discapacidad. Esta nueva norma unifica las condiciones requeridas por las comunidades autónomas y los ayuntamientos y establece, además, unas condiciones básicas para garantizar la accesibilidad desde el diseño "pensando en todos". Según explicó la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, estas infraestructuras "no pueden ser en ningún caso pistas de obstáculos" para las personas con discapacidad y las personas mayores. "Una sociedad como la nuestra no debe permitir que sea así", sentenció. EdificiosEn relación a los edificios, este real decreto fija las condiciones básicas aplicables a los accesos a los mismos; a los desplazamientos en una misma planta o entre diferentes plantas; el equipamiento del edificio; a la información y señalización y a la seguridad en caso de incendio.Por ejemplo, las puertas de entrada tendrán que ser accesibles y con señalización e iluminación, para garantizar su reconocimiento tanto desde el interior como desde el exterior. Asimismo, carecerá de desnivel en el umbral y a ambos lados existirá un espacio para el acceso de usuarios en sillas de ruedas. El pavimento deberá contar con la suficiente textura que disminuya los riesgos de resbalamiento.Los edificios de hasta dos plantas deberán tener un medio de acceso alternativo a las escaleras, mientras que los más de dos plantas deberán tener ascensores. Además, en salones de actos, salas de espectáculos y locales con asientos fijos deberán existir asientos convertibles cercanos a las vías de salida.Espacios públicosEn los espacios públicos urbanizados se establecen, por ejemplo, las condiciones básicas de accesibilidad aplicables a los itinerarios peatonales; a los elementos de urbanización; a los puntos de cruce, entradas y salidas de vehículos; al mobiliario urbano; a las protecciones respecto al tráfico rodado; las obras y las actividades comerciales en la vía pública y a la señalización e información urbana.En estos espacios el pavimento deberá también contar con la suficiente textura que disminuya los riesgos de resbalamiento, textura que también deberán respetar en cuanto a colores para evitar confusiones a los discapacitados visuales. Asimismo, en líneas generales las farolas y señales de tráfico deberán colocarse lo más cercano posible a la calzada; en caso de zonas estrechas, las farolas y las señales de tráfico se dispondrán adosadas a las fachadas.
Valoración del CermiEl Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) valoró el real decreto sobre accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones, aprobado en Consejo de Ministros.Se trata del segundo real decreto de condiciones básicas de accesibilidad que se aprueba en el desarrollo de la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (Liondau), de 2 de diciembre de 2003, ley que fue aprobada por las Cortes Generales por unanimidad de todos los grupos políticos.Según el Cermi, "esta norma constituye un gran avance para la accesibilidad al medio físico, pues establece unos cimientos aplicables a todo el territorio nacional con independencia de la legislación de cada comunidad autónoma, que podrá mejorarlos". Asimismo, fuentes del Cermi indicaron a Servimedia que "la norma establece que todo lo nuevo tiene que ser accesible y que lo ya existente que sea susceptible de ajustes razonables tendrá que ser accesible antes de los plazos máximos de la Liondau".El nuevo real decreto, consensuado con el Cermi, "es una norma innovadora y actual que atiende las necesidades de accesibilidad de todas las discapacidades", subrayaron las citadas fuentes.
Valoración del CermiEl Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) valoró el real decreto sobre accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones, aprobado en Consejo de Ministros.Se trata del segundo real decreto de condiciones básicas de accesibilidad que se aprueba en el desarrollo de la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (Liondau), de 2 de diciembre de 2003, ley que fue aprobada por las Cortes Generales por unanimidad de todos los grupos políticos.Según el Cermi, "esta norma constituye un gran avance para la accesibilidad al medio físico, pues establece unos cimientos aplicables a todo el territorio nacional con independencia de la legislación de cada comunidad autónoma, que podrá mejorarlos". Asimismo, fuentes del Cermi indicaron a Servimedia que "la norma establece que todo lo nuevo tiene que ser accesible y que lo ya existente que sea susceptible de ajustes razonables tendrá que ser accesible antes de los plazos máximos de la Liondau".El nuevo real decreto, consensuado con el Cermi, "es una norma innovadora y actual que atiende las necesidades de accesibilidad de todas las discapacidades", subrayaron las citadas fuentes.
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