divendres, 14 de setembre del 2012

El Cermi exige que las empresas cumplan la Lismi

Propone endurecer las sanciones a las entidades que no respeten la cuota de reserva del 2% El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha elaborado un documento de propuestas dirigido a los Grupos Parlamentarios en el Congreso de los Diputados, con el objetivo de introducir enmiendas al Proyecto de Ley de Lucha contra el Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social. Entre las medidas propuestas, el Cermi plantea modificar la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social para tipificar como infracción muy grave el incumplimiento de la obligación de cubrir la cuota del 2% de reserva de empleo a personas con discapacidad en empresas con 50 o más trabajadores. Según el Comité, esta infracción se califica actualmente como falta grave, lo que ocasiona que muchas empresas no se vean realmente constreñidas a cumplir sus obligaciones, ya que “el importe de la sanción es mucho menor que los costes que le puede suponer efectuar las contrataciones laborales o, sobre todo, cumplir con las medidas alternativas”. En este sentido, el Cermi apuesta también por reforzar las sanciones por no cumplir con la cuota de empleo del 2% en lo referido a la contratación pública. “La Administración no debe tener contrato alguno con quien infrige la regulación legal vigente”, ha afirmado. Asimismo, considera importante excluir del acceso a las subvenciones o ayudas de cualquier tipo a las personas físicas o jurídicas imcumplidoras de las normas que favorezcan a las personas con discapacidad o que realicen actos discriminatorios o contrarios a la dignidad de las personas. A este respesto, el Cermi aduce que, en ámbitos como el laboral, la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social tipifica y califica como muy graves o graves las conductas empresariales discriminatorias o que vulneren las normas que favorecen a las personas con discapacidad. “Sería una burla a las leyes que sujetos y personas físicas o jurídicas, que han sido condenados en el orden penal o sancionados en vía adminitrativa por tan graves conductas, obtengan beneficios o subvenciones como premio a su comportamiento, censurado, sin embargo, por las normas penales o de otros órdenes”, ha asegurado.