La Dirección de los Servicios Jurídicos del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha elaborado una guía práctica sobre la jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad, con el objetivo de revisar e informar sobre la legislación que regula esta materia a favor de este grupo.
La guía examina los dos Reales Decretos existentes y los beneficios reconocidos en ellos, en este sentido. En relación al que regula la Ley de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45%, se mantiene que estas personas podrán jubilarse a partir de los 56 años.
Por otro lado, en relación al Real Decreto por el que se establecen coeficientes reductores de la edad de jubilación a favor de los trabajadores que acrediten un grado importante de discapacidad, es decir, con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, se les reduce un cuarto de año por cada año que tenga cotizado en la Seguridad Social, y si, además de un grado de discapacidad del 65%, se acredita la necesidad del concurso de otra persona para la realización de actos esenciales de la vida, la reducción de edad es de medio año por cada año cotizado.
También establece que, según estos dos Reales Decretos, los periodos en que se adelanta la edad de jubilación se consideran cotizados a efectos de calcular el importe de la pensión; y que para beneficiarse de las previsiones de cualquiera de ambos reales decretos es necesario tener cotizados efectivamente al menos 15 años.
Por otra parte, la guía establece los requisitos necesarios que los trabajadores con discapacidad deben cumplir para poder beneficiarse de la jubilación anticipada, según lo que establecen los dos Reales Decretos.
Así, explica que los periodos que se tienen en cuenta para reducir la edad de jubilación son exclusivamente los cotizados bajo o en las condiciones de discapacidad que se requieren. Asimismo, señala que es un requisito “imprescindible” encontrarse en alta o en situación asimilada al alta en el momento de causar el derecho a la jubilación anticipada.
Además, en la guía se recoge información sobre cómo acreditar la discapacidad, cómo calcular la pensión, según la edad, los años cotizados y las bases por las que se ha cotizado a la Seguridad Social; y, por último expone ejemplos prácticos según las condiciones particulares de cada persona afectada.
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